Una Vespa moderna, como una Primavera o una GTS, se asegura como cualquier scooter: póliza normal de moto a terceros, terceros ampliado o todo riesgo. Una Vespa clásica, como una PX, puede ir en un seguro de clásicas, con valor declarado, si sale de forma ocasional, cumples edad y carnet y tienes otro vehículo.
Datos clave
- El seguro obligatorio es el mismo para todas: todo propietario de un vehículo a motor con estacionamiento habitual en España debe tener la responsabilidad civil obligatoria, sea una Vespa de 1970 o una de este año (RDL 8/2004, art. 2.1).
- Vespa 125 con carnet de coche: el permiso B con más de tres años de antigüedad permite llevar en España motos de la clase A1, es decir, hasta 125 cm³ y 11 kW (RD 818/2009, art. 4.2). Una Vespa de 200 o 300 cc ya exige el A2 o el A.
- Histórica no es lo mismo que clásica para el seguro: para matricularla como vehículo histórico necesita al menos 30 años desde su fabricación o primera matriculación, y su uso pasa a ser ocasional, no más de 96 días al año (RD 892/2024, arts. 2.9, 3.1 y 20.1). Las pólizas de clásicas aceptan también motos antiguas con matrícula normal.
- El valor que cobras lo fija la póliza: la ley permite pactar un valor estimado del vehículo para calcular la indemnización (Ley 50/1980, art. 28). En una Vespa restaurada es lo que más dinero mueve en un robo.
¿Cómo se asegura una Vespa moderna?
Una Vespa moderna se asegura como cualquier scooter, en una póliza anual de moto: la responsabilidad civil es obligatoria y, a partir de ahí, eliges entre terceros, terceros ampliado (robo, incendio, lunas) o todo riesgo con franquicia. Tienes cada modalidad explicada en la página del seguro de moto.
Lo que más cambia la póliza de una Vespa nueva es la cilindrada, porque decide quién puede llevarla y cómo la tarifica la aseguradora:
- Vespa de 50 cc: legalmente es un ciclomotor, porque es un vehículo de dos ruedas que no supera los 45 km/h por construcción y, con motor de combustión, los 50 cm³ (RDL 6/2015, anexo I, apartado 9). Se asegura como ciclomotor.
- Vespa 125: la puedes llevar con el carnet B de más de tres años, solo dentro de España, además de con el A1, el A2 o el A (RD 818/2009, art. 4.2). Es la Vespa más habitual en ciudad.
- Vespa de 200 a 300 cc: supera la clase A1, así que necesitas el A2 o el A. Si buscas el seguro para una de estas con el carnet de coche, la aseguradora no te va a aceptar como conductor.
Si tu Vespa sale a diario y duerme en la calle, mira qué garantías conviene sumar en nuestra guía del seguro para scooter de 125 y 50 cc de uso diario: robo, asistencia desde el kilómetro 0 y accidentes del conductor.
¿Cuándo puede ir una Vespa clásica en un seguro de clásicas?
Una Vespa clásica entra en un seguro de clásicas cuando la moto tiene años, se usa de forma ocasional y el conductor cumple los requisitos de la aseguradora. No hace falta que esté matriculada como histórica. Estos son los requisitos que publican hoy las dos aseguradoras con las que trabajamos en nuestra página de seguros para motos clásicas (consultada en noviembre de 2026):
- Antigüedad de la moto: la página habla de motos de más de 25 años, y las tarifas de Senassur arrancan en motos de 20 a 24 años. Cada aseguradora revisa el modelo concreto.
- Edad y carnet: en Senassur, conductor de 30 años o más con 1 año de carnet. En Helvetia, los precios son para mayores de 30 años con 6 de carnet, y desde 25 años con 2 de carnet se puede contratar con recargo.
- Otro vehículo: hay que acreditar otro vehículo para el día a día (en Senassur, otro vehículo no clásico asegurado).
- Kilómetros: Senassur limita a 5.000 km al año; Helvetia no pone límite.
- Otros conductores: en Senassur, como máximo 2 conductores adicionales y familiares directos.
- Valor y fotos: en Senassur declaras el valor de mercado de la moto; en Helvetia el valor es el de las tablas Ganvam. Helvetia pide además varias fotos de la moto.
Si no cumples alguno de estos puntos, tu Vespa antigua se asegura en una póliza normal de moto. Si lo que tienes es un Vespino u otro 49 cc antiguo, sus trámites son distintos y los explicamos en el seguro para ciclomotor clásico.
Vespa clásica o Vespa moderna: qué póliza le toca a cada una
La diferencia práctica entre asegurar una Vespa clásica y una moderna está en el uso que permite la póliza y en el valor que te pagan si la pierdes. Esta tabla resume cómo lo vemos como corredores:
| Vespa clásica (seguro de clásicas) | Vespa moderna (póliza normal de moto) | |
|---|---|---|
| Tipo de póliza | Seguro de clásicas, pensado para uso ocasional | Terceros, terceros ampliado o todo riesgo |
| Uso | Paseos, rutas y concentraciones; no como transporte diario | Sin limitación de uso: diario, al trabajo, en ciudad |
| Quién la conduce | Conductor con edad y carnet mínimos (25 o 30 años según aseguradora) y, en Senassur, hasta 2 familiares directos | Quien declares, con el precio ajustado a su edad y experiencia |
| Kilómetros | Con límite (5.000 km al año) o sin límite, según aseguradora | Sin límite |
| Valor que se asegura | Valor de mercado declarado (Senassur) o tablas Ganvam (Helvetia) | El que fije la póliza; revisa cuál antes de contratar |
| Robo e incendio | Opcionales; en Senassur, con todo riesgo o incendio y robo si el valor declarado supera 5.000 € | Habituales en el terceros ampliado, según la póliza |
| Accidentes del conductor | Opcional en Senassur; Helvetia no lo ofrece en clásicas | Garantía opcional |
| Cómo se contrata | Con asesoramiento: formulario, teléfono o WhatsApp | Online, comparando aseguradoras |
Requisitos de la columna de clásicas: página de seguros para motos clásicas de Motopoliza, consultada en noviembre de 2026.
¿Con qué valor se asegura una Vespa restaurada?
Una Vespa restaurada conviene asegurarla con un valor declarado y aceptado por la aseguradora, no con el que le asignan unas tablas a una moto de su año. La razón es la ley: si no se pacta otra cosa, la indemnización se calcula con el valor del interés justo antes del siniestro, porque el seguro no puede ser fuente de enriquecimiento (Ley 50/1980, art. 26), y en una moto restaurada ese valor puede quedar por debajo de lo que costaría otra igual en el mercado de clásicas.
La propia ley ofrece la salida: las partes pueden fijar de común acuerdo «el valor del interés asegurado que habrá de tenerse en cuenta para el cálculo de la indemnización» (Ley 50/1980, art. 28). Eso es lo que hace una póliza con valor declarado. Y si aseguras la Vespa por menos de lo que vale, entra la regla proporcional: el asegurador paga los daños «en la misma proporción en la que aquélla cubre el interés asegurado», salvo que la póliza la excluya (Ley 50/1980, art. 30). Te lo explicamos con más detalle en qué son la regla proporcional y la regla de equidad.
Ejemplo con números: una Vespa restaurada asegurada por debajo de su valor
Ejemplo inventado para ilustrar el cálculo, no es un caso real. Tienes una Vespa de los años ochenta restaurada que en el mercado de clásicas vale 6.000 €. En la póliza figura como valor de la moto 1.500 €.
- Robo total: cobras como máximo lo asegurado, 1.500 €, porque la suma asegurada es «el límite máximo de la indemnización» (Ley 50/1980, art. 27). Los 4.500 € restantes los pierdes tú.
- Daño parcial de 1.200 € con robo o todo riesgo contratado: si la póliza no excluye la regla proporcional, la aseguradora paga 1.200 × 1.500 / 6.000 = 300 €.
- Con un valor declarado y aceptado de 6.000 €: el robo total se indemniza sobre 6.000 € y el daño parcial de 1.200 €, entero, descontando la franquicia si la tiene. Además, en Senassur, al superar los 5.000 € de valor declarado puedes contratar todo riesgo o incendio y robo.
Asegurar más valor sube el recibo, pero en una Vespa restaurada es justo lo que paga cuando hay un problema serio.
¿Conviene matricular tu Vespa antigua como histórica?
Para el seguro no hace falta: las pólizas de clásicas aseguran motos antiguas con matrícula normal. Matricularla como histórica tiene sentido si la moto tiene al menos 30 años desde su fabricación o primera matriculación, ya no se fabrica su tipo y está en su estado original (RD 892/2024, art. 3.1), y aceptas que su uso sea ocasional, de no más de 96 días al año (RD 892/2024, arts. 2.9 y 20.1).
Una Vespa histórica sigue necesitando el seguro de responsabilidad civil obligatorio: el reglamento lo dice expresamente (RD 892/2024, art. 19.1). Los requisitos, la diferencia entre los grupos A y B y el trámite en Tráfico los tienes en cómo matricular una moto antigua como vehículo histórico.
Qué cubre y qué no el seguro de una Vespa
El seguro de cualquier Vespa cubre, como mínimo, los daños que causes a otros; lo demás depende de las garantías que añadas y del tipo de póliza.
| Cubre (según modalidad) | No cubre o tiene límites |
|---|---|
| Responsabilidad civil obligatoria: daños a otras personas y a sus bienes | Tus propias lesiones si causas el accidente, salvo que contrates accidentes del conductor (RDL 8/2004, art. 5.1) |
| Defensa jurídica y reclamación al contrario, según póliza | Los daños de tu Vespa si solo tienes terceros |
| Robo e incendio en terceros ampliado o en clásicas con valor declarado | La diferencia entre lo asegurado y lo que vale tu Vespa restaurada si la aseguras por debajo de su valor |
| Daños propios en todo riesgo, descontando la franquicia | En una póliza de clásicas, el uso diario como medio de transporte y pasar del límite de kilómetros o de conductores |
| Asistencia en carretera, como opción | Conducir una Vespa de más de 125 cc sin el A2 o el A |
Criterio de corredor: qué seguro elegir para tu Vespa
- Vespa 125 moderna para ir a trabajar: póliza normal de moto. Si es nueva o financiada, todo riesgo con franquicia; si duerme en la calle, como mínimo terceros ampliado con robo.
- Vespa restaurada de colección que sale los fines de semana: seguro de clásicas con valor declarado, con robo e incendio si vale más de 5.000 € (en Senassur se pueden contratar a partir de ese valor declarado) y grúa si haces rutas.
- Vespa clásica sin restaurar, de poco valor, para pasear: seguro de clásicas solo con responsabilidad civil y grúa. No pagues por un robo que te indemnizaría poco.
- La Vespa es la única moto y el único vehículo de casa: póliza normal, aunque sea antigua. Las de clásicas piden otro vehículo para el día a día.
- Conduce tu hijo o alguien de menos de 25 años: póliza normal de moto, declarándolo como conductor.
- Vespa heredada, parada, que tienes que llevar a la ITV o a un taller: un seguro de moto por días la cubre de 1 a 30 días, con un máximo de 30 días al año por matrícula, desde 12,09 € un día y desde 18 años.
Errores frecuentes al asegurar una Vespa
- Asegurar la Vespa restaurada con el valor de tablas y descubrirlo cuando la roban.
- Usar a diario una Vespa asegurada en póliza de clásicas. Esa póliza está pensada para uso ocasional y exige otro vehículo para el día a día.
- Dejar que la lleve un amigo o un conductor no declarado. En Senassur solo caben 2 conductores adicionales y deben ser familiares directos.
- Comprar una Vespa de 200 o 300 cc pensando en llevarla con el carnet B. El B solo habilita, con más de tres años de antigüedad, motos de la clase A1 (RD 818/2009, art. 4.2).
- Ocultar dónde duerme la moto o quién la conduce. La ley obliga a declarar «todas las circunstancias por él conocidas que puedan influir en la valoración del riesgo» y, si no se hace, la indemnización puede reducirse (Ley 50/1980, art. 10).
Cómo calcular y contratar el seguro de tu Vespa
El precio del seguro de una Vespa depende del modelo, de tu edad y experiencia, de tu código postal, de dónde guardas la moto y de las garantías que elijas, así que solo se conoce calculándolo.
- Vespa moderna: en el comparador de seguros de moto de Motopoliza ves el precio de varias aseguradoras con tus datos y contratas online.
- Vespa clásica: cuéntanos modelo, año, si está restaurada, cuánto vale y quién la va a conducir desde la página para contratar el seguro de tu moto clásica, o llámanos al 91 198 23 30. Te decimos si encaja en una póliza de clásicas y con qué valor conviene asegurarla.
Motopoliza es la marca de Plug Brokers SL, correduría de seguros inscrita en la DGSFP con la clave J3114.
Preguntas frecuentes
¿Qué seguro elegir para una Vespa restaurada de colección?
Un seguro de clásicas con valor declarado, si sale de forma ocasional, tienes otro vehículo para el día a día y cumples la edad y el carnet que pide la aseguradora. Así, en un robo o un siniestro, la indemnización se calcula sobre lo que vale la moto restaurada y no sobre el valor de tablas de una moto de su año. Si vale más de 5.000 €, valora añadir robo e incendio.
¿Cuánto cuesta el seguro de una Vespa 125?
No hay un precio único: depende de tu edad y años de carnet, tu código postal, dónde duerme la Vespa, su valor y las garantías que elijas. Un terceros es lo más barato y un todo riesgo para una Vespa nueva, lo más caro. La forma fiable de saberlo es calcularlo con tus datos en un comparador que muestre varias aseguradoras a la vez.
¿Necesito carnet de moto para asegurar una Vespa de 200 cc?
Sí. Una Vespa de 200 cc supera la clase A1 (hasta 125 cm³ y 11 kW), que es lo máximo que permite el carnet B con más de tres años de antigüedad, así que el conductor necesita el permiso A2 o el A (RD 818/2009, art. 4.2). Sin ese permiso, la aseguradora no te aceptará como conductor de esa moto.
¿Puedo meter una Vespa antigua con matrícula normal en un seguro de clásicas?
Sí. Las pólizas de clásicas no exigen que la moto esté matriculada como histórica: miran su antigüedad, el uso ocasional y los requisitos del conductor. Las tarifas de Senassur empiezan en motos de 20 a 24 años, aunque cada aseguradora revisa el modelo concreto y puede pedir fotos y documentación de la moto antes de aceptarla.
Fuentes
- Boletín Oficial del Estado. Real Decreto Legislativo 8/2004, texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, arts. 2.1 y 5.1. Consultado en noviembre de 2026.
- Boletín Oficial del Estado. Real Decreto Legislativo 6/2015, texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, anexo I, apartado 9. Consultado en noviembre de 2026.
- Boletín Oficial del Estado. Real Decreto 818/2009, Reglamento General de Conductores, art. 4.2. Consultado en noviembre de 2026.
- Boletín Oficial del Estado. Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos, arts. 2.9, 3.1, 19.1 y 20.1. Consultado en noviembre de 2026.
- Boletín Oficial del Estado. Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, arts. 10, 26, 27, 28 y 30. Consultado en noviembre de 2026.
- Motopoliza. Seguros para motos clásicas: requisitos de Senassur y Helvetia. Consultado en noviembre de 2026.