Un ciclomotor clásico, como un Vespino o una Mobylette, se asegura como cualquier ciclomotor: como mínimo con la responsabilidad civil obligatoria, también si está catalogado como vehículo histórico. Puedes hacerlo con una póliza normal de ciclomotor o con una póliza de clásicas, pensada para uso ocasional, si cumples sus requisitos de edad, carnet y vehículo para el día a día.
Antes de elegir póliza conviene resolver la documentación: muchos 49 cc antiguos siguen con la placa del ayuntamiento y nunca llegaron a matricularse en Tráfico. Aquí tienes qué piden la DGT y las aseguradoras, qué vía encaja con tu ciclomotor y en qué orden hacer los trámites.
Datos clave del ciclomotor clásico
- Seguro obligatorio también en históricos: a los vehículos históricos se les aplican las normas generales de circulación, incluida la obligación de tener el seguro de responsabilidad civil obligatorio (art. 19.1 del Real Decreto 892/2024, Reglamento de Vehículos Históricos).
- Antigüedad para ser histórico: 30 años como mínimo desde su fabricación o primera matriculación, que ya no se fabrique su tipo y que esté en su estado original (art. 3.1 del mismo reglamento, en vigor desde el 1 de octubre de 2024).
- ITV: un ciclomotor normal está exento hasta los 3 años y después pasa la ITV cada 2 años; los ciclomotores clasificados como históricos quedan exentos de la ITV periódica sea cual sea su antigüedad (art. 6 del Real Decreto 920/2017, en la redacción del RD 892/2024).
- Uso de un histórico: tiene carácter ocasional; el reglamento define el uso ocasional como el que no excede de 96 días al año (arts. 2.9 y 20.1 del RD 892/2024).
- Cambio de titular de un ciclomotor: 30 días desde la firma del contrato y tasa 1.2 de 27,85 € (sede electrónica de la DGT, consultada en octubre de 2026).
¿Qué seguro necesita un ciclomotor clásico?
Un ciclomotor clásico necesita, como mínimo, el seguro de responsabilidad civil obligatoria, igual que uno nuevo. La ley obliga a «todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España» a suscribir y mantener un seguro por cada vehículo (art. 2.1 del Real Decreto Legislativo 8/2004, en la redacción de la Ley 5/2025), y el Reglamento de Vehículos Históricos lo repite expresamente para los históricos. Tienes el detalle de la obligación, las multas y las coberturas básicas en nuestro artículo sobre si es obligatorio el seguro del ciclomotor.
A partir de ahí hay dos caminos:
- Póliza normal de ciclomotor: sin límite de uso y sin exigir otro vehículo. Es la opción si el Vespino es tu medio de transporte diario o si el conductor es joven.
- Póliza de clásicas: pensada para vehículos con años que salen de forma ocasional. En nuestra página de seguros para motos clásicas trabajamos con Helvetia y Senassur, y las condiciones son distintas a las de una póliza normal (te las resumimos más abajo). Si tu ciclomotor encaja en ella, lo confirmamos con la aseguradora antes de contratar.
¿Tu ciclomotor antiguo tiene matrícula o solo la placa del ayuntamiento?
Es lo primero que hay que mirar, porque de ello depende el trámite. Antes del Reglamento General de Vehículos los ciclomotores se inscribían en los ayuntamientos, y ese reglamento obligó a los titulares de los ciclomotores inscritos en los registros municipales a solicitar «su matriculación ordinaria de la Jefatura de Tráfico de la provincia de su domicilio legal» (disposición transitoria cuarta del Real Decreto 2822/1998). Muchos no lo hicieron y hoy siguen con la placa municipal y sin papeles de la DGT.
Si el tuyo está en ese caso y tiene 30 años o más, la vía que hoy da el reglamento es catalogarlo como histórico en el grupo B, el de los vehículos sin matrícula ordinaria en España (art. 4.1 del RD 892/2024): recibe una matrícula de vehículo histórico y la placa municipal antigua puede llevarse como ornato, porque el reglamento permite exhibir como ornato «las municipales que tuviesen los ciclomotores» antes del Real Decreto 2822/1998 (art. 18.5). Si tiene menos de 30 años, pregunta en tu Jefatura de Tráfico qué vía le corresponde antes de contratar nada.
Cómo queda cada caso: matrícula, ITV y seguro
| Situación del ciclomotor | Trámite en Tráfico | ITV | Seguro posible |
|---|---|---|---|
| Matriculado en la DGT, menos de 30 años | Ninguno; si lo compras, cambio de titular en 30 días (tasa 1.2, 27,85 €) | Cada 2 años (a partir de los 3 años) | Póliza normal de ciclomotor |
| Matriculado en la DGT, 30 años o más, sin catalogar como histórico | Ninguno obligatorio | Cada 2 años | Póliza normal o de clásicas, si la aseguradora lo acepta y cumples sus requisitos |
| Matriculado e histórico por el grupo A (matrícula ordinaria e ITV en vigor) | Clasificación como histórico conservando su matrícula | Exento de la ITV periódica (puede pasar inspecciones voluntarias) | Póliza normal o de clásicas, si la aseguradora lo acepta y cumples sus requisitos |
| Solo placa municipal o sin matrícula en España, 30 años o más | Clasificación como histórico por el grupo B y matrícula histórica | La inspección de la clasificación; después, exento de la periódica | Se asegura cuando ya tiene matrícula y permiso de circulación |
Fuentes de la tabla: arts. 3, 4, 9, 11 y 18 y disposición final segunda del Real Decreto 892/2024; art. 6 del Real Decreto 920/2017; sede electrónica de la DGT (transferencia de ciclomotores).
Cómo hacer histórico un ciclomotor antiguo, paso a paso
Para catalogar un ciclomotor como histórico necesitas acreditar sus datos técnicos, pasar la ITV de clasificación y pedir el cambio en Tráfico. Para los ciclomotores el reglamento simplifica el primer paso:
- Comprueba el número de bastidor. La inspección previa en un servicio técnico «sólo será obligatoria para los ciclomotores que no tengan grabado el número de bastidor» (art. 9.2 del RD 892/2024). Si está grabado, basta «un certificado expedido por una Entidad Relacionada con Vehículos Históricos o un Servicio Técnico».
- Pasa la ITV de clasificación. Con el informe o el certificado, se solicita en una estación ITV la inspección correspondiente (art. 11.1).
- Pide la clasificación en la DGT. En el grupo B, Tráfico asigna la matrícula de vehículo histórico (letra H, cuatro cifras y tres letras) y expide el permiso de circulación (arts. 13 y 18). Los requisitos, tasas y diferencias entre los grupos A y B los tienes en cómo matricular una moto antigua como vehículo histórico.
- Contrata el seguro antes de circular. Con la matrícula y el permiso a tu nombre, el ciclomotor ya se puede asegurar y sacar a la calle.
Cada vez más propietarios lo hacen: la DGT contaba 175.753 vehículos históricos registrados a 1 de octubre de 2025, frente a 48.000 antes del nuevo reglamento (DGT, «Historia sobre ruedas»).
Qué piden las pólizas de clásicas
Las pólizas de clásicas con las que trabajamos piden requisitos al conductor y al uso, no solo al vehículo. Según las condiciones publicadas en nuestra página de seguros de motos clásicas (consultada en octubre de 2026):
| Requisito | Senassur | Helvetia |
|---|---|---|
| Edad y carnet del conductor | Mínimo 30 años y 1 año de carnet | Precios para mayores de 30 años y 6 años de carnet; con más de 25 años y 2 de carnet, con recargo por vehículo |
| Otros conductores | Máximo 2 conductores adicionales, familiares directos | No se indica en la página del producto |
| Kilómetros al año | Máximo 5.000 km | Sin límite |
| Otro vehículo | Acreditar otro vehículo no clásico asegurado | Documentar un vehículo para el día a día |
| Documentación | NIF o NIE; no se asegura en Ceuta y Melilla | Documentación y varias fotos del vehículo; valor según tablas Ganvam |
Si no cumples la edad mínima o el Vespino es tu único vehículo, la vía es una póliza normal de ciclomotor. En cómo pagar menos por el seguro de un 49 cc te explicamos qué modalidad elegir según el valor del ciclomotor y dónde duerme.
Qué cubre y qué no el seguro de un ciclomotor clásico
La base de cualquier póliza de clásicas es la responsabilidad civil y la reclamación legal; el resto se añade según el valor del ciclomotor.
| Cubre (según modalidad) | No cubre o tiene límites |
|---|---|
| Responsabilidad civil obligatoria: daños que causes a otras personas y a sus bienes | Tus propias lesiones, salvo que añadas el seguro del conductor (Helvetia no lo ofrece en clásicas) |
| Reclamación legal frente al contrario tras una colisión | Los daños de tu ciclomotor si solo contratas terceros |
| Asistencia en carretera (grúa), como opción | El uso diario como medio de transporte: la póliza exige otro vehículo para el día a día |
| Robo, incendio, lunas o todo riesgo, declarando el valor del vehículo (en Senassur, todo riesgo o incendio y robo si el valor declarado supera 5.000 €) | Superar el límite de kilómetros (5.000 al año en Senassur) o incluir más de 2 conductores adicionales o que no sean familiares directos (Senassur) |
Ejemplo práctico: un Vespino de 1985 con placa municipal
Ejemplo ilustrativo, no es un caso real. Heredas un Vespino fabricado en 1985 que solo lleva la placa del ayuntamiento. Tienes 42 años, 20 de carnet y un coche asegurado para el día a día.
- Antigüedad: en 2026 tiene 41 años, así que supera los 30 que exige el reglamento para ser histórico.
- Trámite: no tiene matrícula ordinaria en España, así que va por el grupo B. Si el bastidor está grabado, te ahorras la inspección previa y basta el certificado; pasas la ITV de clasificación y Tráfico le asigna matrícula histórica.
- ITV después: como ciclomotor histórico queda exento de la ITV periódica; en un ciclomotor normal pasaría cada 2 años.
- Seguro: con 42 años y 20 de carnet cumples la edad y la antigüedad de carnet de las dos pólizas de clásicas, y el coche te sirve como vehículo para el día a día. Si solo lo vas a sacar a concentraciones y algún paseo, encaja en una póliza de clásicas, siempre que la aseguradora acepte el modelo; si lo vas a usar a diario, mejor una póliza normal.
Si en vez de eso tuvieras 22 años, ninguna de las dos pólizas de clásicas te admitiría como conductor y tendrías que ir a una póliza normal de ciclomotor.
Errores frecuentes al asegurar un ciclomotor antiguo
- Circular con la placa municipal pensando que vale: la placa antigua puede lucirse como ornato en un histórico, pero lo que identifica al ciclomotor ante Tráfico y ante la aseguradora es su matrícula y su permiso de circulación.
- Dar por hecho que «antiguo» es «clásico» para la aseguradora: las compañías revisan cada caso, porque las pólizas de clásicas son baratas y vigilan que no se cuele un vehículo viejo de uso diario.
- Contratar la póliza de clásicas para el único vehículo de casa: se pide acreditar otro vehículo no clásico asegurado; si no lo tienes, la póliza no encaja.
- No declarar a quién lo conduce: en Senassur caben como máximo 2 conductores adicionales y deben ser familiares directos.
- Olvidar la ITV de un ciclomotor no histórico: si no está catalogado como histórico, sigue con la ITV cada 2 años. Lo tienes explicado en la ITV de ciclomotores.
Criterio de corredor: qué elegir según tu caso
- Lo tienes para pasear y tienes otro vehículo: póliza de clásicas, con grúa si sales de ruta; valora robo e incendio solo si el ciclomotor está restaurado y tiene valor de mercado.
- Lo usas a diario: póliza normal de ciclomotor; la de clásicas no está pensada para eso.
- El conductor es tu hijo o tiene menos de 25 años: póliza normal de ciclomotor.
- Está parado y matriculado y solo tienes que llevarlo a la ITV o venderlo: un seguro de moto por días cubre ciclomotores, desde 10,50 € por un día (ciclomotor de 49 cc), de 1 a 30 días, con un máximo de 30 días al año por matrícula y desde 18 años.
Preguntas frecuentes
¿Se puede asegurar un Vespino que solo tiene la placa del ayuntamiento?
No mientras no tenga matrícula de Tráfico: la placa municipal no sustituye a la matrícula ni al permiso de circulación que pide la aseguradora. Si el Vespino tiene 30 años o más, puedes catalogarlo como histórico por el grupo B del Real Decreto 892/2024 para obtener matrícula histórica, y después asegurarlo.
¿Un ciclomotor histórico tiene que pasar la ITV?
No de forma periódica. Desde la reforma del Real Decreto 920/2017 por el Real Decreto 892/2024, los ciclomotores clasificados como históricos quedan exentos de la ITV con independencia de su antigüedad, aunque pueden pasar inspecciones voluntarias. Sí hay que pasar la inspección de la propia clasificación como histórico.
¿Puedo llevar la placa municipal antigua en mi ciclomotor histórico?
Sí, como ornato. El artículo 18.5 del Reglamento de Vehículos Históricos permite exhibir las placas municipales que tenían los ciclomotores antes del Real Decreto 2822/1998, pero el ciclomotor debe llevar además la placa con su matrícula oficial.
¿Puedo hacer un seguro de clásicas si el ciclomotor es mi único vehículo?
No con las pólizas de clásicas con las que trabajamos: piden demostrar que tienes otro vehículo para el día a día (en Senassur, otro vehículo no clásico asegurado). Si el ciclomotor es tu único vehículo, la opción es una póliza normal de ciclomotor, con la modalidad que encaje con su valor y su uso.
¿Qué edad hay que tener para asegurar un ciclomotor en una póliza de clásicas?
Depende de la aseguradora. En Senassur, el conductor necesita al menos 30 años y 1 año de carnet. En Helvetia, los precios publicados son para mayores de 30 años con 6 años de carnet, y con más de 25 años y 2 de carnet se puede contratar con un recargo por vehículo.
Asegura tu ciclomotor clásico con nosotros
Cuéntanos qué ciclomotor tienes, de qué año es, si tiene matrícula o placa municipal y quién lo va a conducir, y te decimos qué póliza encaja y cuánto cuesta. Puedes hacerlo desde la página para contratar el seguro de tu moto clásica, donde eliges teléfono, WhatsApp o correo, o llamando al 91 198 23 30. Motopoliza es una marca de Plug Brokers SL, correduría de seguros inscrita en la DGSFP con la clave J3114.
Fuentes
- Boletín Oficial del Estado. Real Decreto 892/2024, de 10 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Vehículos Históricos. Consultado en octubre de 2026.
- Boletín Oficial del Estado. Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos (texto consolidado). Consultado en octubre de 2026.
- Boletín Oficial del Estado. Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos (texto consolidado). Consultado en octubre de 2026.
- Boletín Oficial del Estado. Ley 5/2025, de 24 de julio, que modifica el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (Real Decreto Legislativo 8/2004). Consultado en octubre de 2026.
- Dirección General de Tráfico, sede electrónica. Transferencia de ciclomotores. Consultado en octubre de 2026.
- Dirección General de Tráfico. Historia sobre ruedas (actualizada el 4 de febrero de 2026). Consultado en octubre de 2026.