Para circular con una moto por vías públicas es obligatorio tener contratado, como mínimo, el seguro de responsabilidad civil. Para contratarlo te pedirán los datos del conductor y de la moto (permiso de circulación y ficha técnica) y, a partir de ahí, eliges entre terceros, terceros ampliado o todo riesgo.
Abajo tienes las modalidades de seguro, los pasos para contratar y consejos para ahorrar.
Qué exige la ley para asegurar una moto
Todo propietario de una moto con estacionamiento habitual en España está obligado a tener suscrito un seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de su circulación (artículo 2 del Real Decreto Legislativo 8/2004). La obligación es del propietario, aunque no conduzca él, y existe mientras la moto esté dada de alta en la DGT, aunque no la uses.
Circular sin seguro se sanciona con multa de 601 a 3.005 euros según las circunstancias, y la moto puede ser inmovilizada y depositada hasta que se acredite el seguro (artículo 3 del mismo texto). Además, si causas un accidente sin seguro, el Consorcio de Compensación de Seguros indemniza a las víctimas y después te reclama a ti lo pagado.
Modalidades de seguro de moto y qué cubre cada una
- Terceros: la responsabilidad civil obligatoria y voluntaria, normalmente con defensa jurídica. Es la más barata y suficiente para motos de poco valor.
- Terceros ampliado: añade robo, incendio y, según la póliza, asistencia en viaje o equipamiento. Interesa si la moto duerme en la calle.
- Todo riesgo: cubre también los daños de tu propia moto aunque el accidente sea culpa tuya, casi siempre con franquicia. Pensado para motos nuevas o de valor alto.
Entre las coberturas opcionales más útiles están el seguro de accidentes del conductor (la responsabilidad civil no cubre tus propias lesiones si el culpable eres tú), el casco y el equipamiento, y la asistencia en viaje.
Según el tipo de moto
Las motos clásicas tienen pólizas específicas, con valor declarado y condiciones de uso propias: lo tienes en seguro de moto clásica. En las de alta cilindrada la prima suele ser más alta por su potencia y su valor. En las eléctricas conviene revisar cómo se valora la batería en caso de robo o siniestro.
Cómo asegurar tu moto paso a paso
1. Ten a mano la documentación
- DNI o NIE del tomador y del conductor habitual.
- Permiso de conducir del conductor habitual (antigüedad del carnet).
- Permiso de circulación y ficha técnica de la moto.
- Número de cuenta para domiciliar el recibo.
2. Declara bien el riesgo
Quién conduce, dónde duerme la moto, para qué la usas y qué accesorios lleva. La Ley de Contrato de Seguro obliga a declarar todas las circunstancias por las que te pregunte la aseguradora (artículo 10). Un dato falso o incompleto puede reducir la indemnización o dejarte sin ella si hubo dolo o culpa grave.
3. Compara a igualdad de coberturas
Mira límites de responsabilidad civil voluntaria, franquicias, asistencia (desde el kilómetro 0 o no) y exclusiones. En qué factores encarecen el seguro de moto te explicamos cómo comparar sin fijarte solo en el precio. Con el comparador de seguros de moto ves varias ofertas con sus coberturas introduciendo tus datos una sola vez.
4. Contrata y revisa la póliza
Antes de pagar, lee las condiciones particulares (conductores, coberturas, franquicia y fecha de efecto) y las generales (exclusiones y límites). Guarda la póliza y el recibo: la DGT comprueba el seguro en el Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA), así que no hace falta llevar el papel, pero sí tenerlo localizable.
Consejos para pagar menos
- Ajusta la modalidad al valor de la moto: en una moto antigua, el todo riesgo rara vez compensa.
- Elige bien la franquicia: una franquicia más alta abarata la prima a cambio de pagar tú los golpes pequeños.
- No pagues coberturas que no usas: si duermes la moto en garaje cerrado, valora si necesitas la de robo; si haces viajes, no quites la asistencia.
- Cuida tu historial: los años sin partes son lo que más abarata la renovación.
- Compara antes de renovar: para no renovar y cambiar de seguro de moto, avisa por escrito a tu aseguradora con al menos un mes de antelación al vencimiento (artículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro).
- Si usas la moto pocos días al año, valora un seguro temporal o por días en lugar de uno anual.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si circulo sin seguro?
Multa de 601 a 3.005 euros, inmovilización y depósito de la moto, y si provocas un accidente tendrás que devolver al Consorcio de Compensación de Seguros lo que haya pagado a las víctimas.
¿Qué documentación necesito para asegurar una moto?
DNI o NIE, permiso de conducir del conductor habitual, permiso de circulación, ficha técnica y una cuenta para domiciliar el pago.
¿Puedo asegurar una moto si no tengo carnet?
Sí. El seguro es obligación del propietario; lo que hay que declarar es quién la conduce, y esa persona sí necesita el permiso. Lo explicamos en asegurar una moto sin carnet.
¿Puedo asegurar una moto eléctrica o de segunda mano?
Sí, con las mismas modalidades. En una moto de segunda mano, al comprarla te subrogas en el seguro del vendedor (artículo 34 de la Ley de Contrato de Seguro) y puedes mantenerlo o rescindirlo y contratar el tuyo.
¿Es obligatorio el seguro a todo riesgo?
No. Solo es obligatoria la responsabilidad civil; el todo riesgo es voluntario.
¿Puedo cambiar de seguro antes de que termine el año?
El contrato dura el periodo pactado, normalmente un año. Lo habitual es cambiar al vencimiento, avisando por escrito con un mes de antelación. Si vendes la moto, el seguro pasa al comprador, que puede mantenerlo o rescindirlo.
¿Qué exclusiones suelen tener las pólizas de moto?
Las más habituales afectan a las coberturas voluntarias (daños propios, robo, accidentes del conductor): conducir sin el permiso válido o bajo los efectos del alcohol o drogas, participar en carreras o usar la moto en circuito, y los daños causados intencionadamente. En la responsabilidad civil obligatoria, la aseguradora indemniza igualmente a las víctimas, pero después puede reclamar lo pagado al conductor o al propietario (artículo 10 del Real Decreto Legislativo 8/2004). Para el circuito hay seguros específicos.
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