Sí, en un ciclomotor pueden ir dos personas, siempre que el ciclomotor esté autorizado para dos plazas (lo indica su documentación), el pasajero vaya sentado detrás, a horcajadas, con los pies en los reposapiés y con casco. Y sí, con 15, 16 o 17 años y el permiso AM puedes llevar pasajero: la prohibición que impedía a los menores de 18 llevar a alguien se suprimió con el Real Decreto 1055/2015. Eso sí, si conduces siendo menor de edad, tu pasajero tiene que ser mayor de 12 años.
Durante años, quienes tenían el antiguo carnet de ciclomotor o el permiso AM podían conducir su moto de 49 cc desde los 15 años, pero no llevar a nadie detrás hasta cumplir los 18. Esa limitación ya no existe. Te explicamos qué dice hoy la norma, qué requisitos tiene que cumplir el pasajero y qué debes tener en cuenta con el seguro.
¿Pueden ir dos personas en un ciclomotor?
Sí, pero no en cualquier ciclomotor. El Reglamento General de Circulación permite llevar un solo pasajero en ciclomotores y motocicletas cuando así conste en su licencia o permiso de circulación. Es decir:
- Si la documentación del ciclomotor indica dos plazas, puedes llevar un pasajero.
- Si el ciclomotor es monoplaza, no puedes llevar a nadie, tengas la edad que tengas.
Recuerda que un ciclomotor es un vehículo con motor de cilindrada no superior a 50 cm³ (la típica “moto de 49”) y velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h.
¿Con 15 o 16 años se puede llevar a alguien en una moto de 49?
Sí. Antes, el Reglamento General de Conductores prohibía a los titulares del permiso AM llevar pasajeros hasta cumplir los 18 años. El Real Decreto 1055/2015, que modificó ese reglamento y entró en vigor el 31 de diciembre de 2015, eliminó esa prohibición. Desde entonces, con el permiso AM puedes llevar pasajero aunque seas menor de edad.
La única diferencia práctica al conducir siendo menor está en la edad del pasajero: como verás más abajo, los niños de entre 7 y 12 años solo pueden ir detrás si conduce su padre, su madre, su tutor o un adulto autorizado por ellos. Por tanto, si tienes 15, 16 o 17 años, solo puedes llevar a pasajeros mayores de 12 años.
Requisitos para llevar pasajero en un ciclomotor
Según el artículo 12 del Reglamento General de Circulación, para llevar pasajero en un ciclomotor se tiene que cumplir todo esto:
- Autorización para dos plazas en la licencia o el permiso de circulación del ciclomotor.
- Un solo pasajero, sentado en el asiento de detrás del conductor. Nunca puede ir entre el conductor y el manillar.
- A horcajadas, es decir, con una pierna a cada lado, y con los pies apoyados en los reposapiés laterales.
- Casco homologado, igual que el conductor.
- Mayor de 12 años. Excepcionalmente, puede ir un mayor de 7 años si conduce su padre, su madre, su tutor o una persona mayor de edad autorizada por ellos.
Tabla resumen: quién puede llevar a quién
| Conductor | Pasajero mayor de 12 años | Pasajero de 7 a 12 años | Pasajero menor de 7 años |
|---|---|---|---|
| Menor de edad con permiso AM | Sí | No | No |
| Adulto sin autorización de los padres o tutores del niño | Sí | No | No |
| Padre, madre, tutor o adulto autorizado por ellos | Sí | Sí | No |
En todos los casos, el ciclomotor debe estar autorizado para dos plazas y el pasajero tiene que ir a horcajadas, con los pies en los reposapiés y con casco.
¿Puede un adulto llevar a su hermano de 8 años en el ciclomotor?
Es una duda muy habitual en los test del carnet. La respuesta es: solo si está autorizado por el padre, la madre o el tutor del niño. Ser mayor de edad no basta por sí solo. La excepción para los niños de entre 7 y 12 años solo se aplica cuando conduce su padre, su madre, su tutor o una persona mayor de edad autorizada por ellos, y siempre que se cumplan el resto de requisitos.
Novedades en el equipamiento del conductor y del pasajero
La reforma del Reglamento General de Circulación en materia de usuarios vulnerables trae cambios que afectan también a quien va detrás. Según la DGT:
- Guantes de protección obligatorios para conductores y pasajeros de motos y ciclomotores en vías interurbanas, y calzado cerrado en todo tipo de vías. La mayoría de estos cambios entran en vigor el 1 de octubre de 2026.
- En los ciclomotores, el casco tendrá que estar homologado, no simplemente certificado. Esta obligación se aplica a partir del 1 de octubre de 2027.
¿Qué permiso necesito para llevar pasajero en moto?
Llevar pasajero no depende de un permiso especial, sino de que tengas el permiso adecuado para el vehículo y de que este esté autorizado para dos plazas. Este es el resumen de los permisos de moto:
| Permiso | Edad mínima | Qué puedes conducir |
|---|---|---|
| AM | 15 años | Ciclomotores de dos o tres ruedas y cuatriciclos ligeros |
| A1 | 16 años | Motocicletas de hasta 125 cc y 11 kW |
| A2 | 18 años | Motocicletas de hasta 35 kW |
| A | 20 años con 2 de antigüedad en el A2, o 24 años | Cualquier motocicleta |
| B | 18 años | Ciclomotores; y motos de hasta 125 cc en España con más de 3 años de antigüedad del B |
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El seguro del ciclomotor cuando llevas pasajero
Tu ciclomotor necesita, como mínimo, el seguro obligatorio, que cubre los daños que causes a otras personas. Lo que no cubre son tus propias lesiones como conductor, así que conviene valorar coberturas adicionales, como el seguro de accidentes del conductor o una indemnización por hospitalización. Si llevas pasajero a menudo, pregunta también a tu aseguradora cómo queda protegido.
Si el conductor es menor de edad, lo habitual es que la póliza la contrate su padre, su madre o su tutor como tomador y que se declare al menor como conductor habitual. Así el seguro responde correctamente si hay un siniestro.
Consejos prácticos
- Antes de llevar a alguien, comprueba en la documentación del ciclomotor que está autorizado para dos plazas.
- Lleva siempre un segundo casco homologado de la talla de tu pasajero.
- Explica a tu pasajero que debe ir quieto, agarrado y acompañando tus movimientos en las curvas.
- Con peso extra, la moto frena y acelera peor: aumenta la distancia de seguridad.
- Si tienes menos de 18 años, no lleves a niños menores de 12, aunque sean tus hermanos.
- Prepara guantes y calzado cerrado para los dos.
- Revisa que tu seguro declara correctamente quién conduce el ciclomotor.
Preguntas frecuentes
¿Con 15 años se puede llevar a alguien en una moto de 49?
Sí, con el permiso AM y si el ciclomotor está autorizado para dos plazas. El pasajero tiene que ser mayor de 12 años, ir a horcajadas, con los pies en los reposapiés y con casco homologado.
¿Con el carnet AM se puede llevar pasajero?
Sí. El Real Decreto 1055/2015 suprimió la prohibición de llevar pasajero con el permiso AM antes de los 18 años.
¿Cuántas personas pueden ir en un ciclomotor?
Como máximo dos: el conductor y un pasajero, y solo si el ciclomotor está autorizado para dos plazas.
¿Una persona mayor de edad puede llevar de pasajero a un niño en su ciclomotor?
Si el niño tiene más de 12 años, sí. Si tiene entre 7 y 12, solo si quien conduce es su padre, su madre, su tutor o un adulto autorizado por ellos. Los menores de 7 años no pueden ir de pasajeros.
¿Puede ir un pasajero delante del conductor?
No. El pasajero debe ir en el asiento de detrás del conductor, nunca entre este y el manillar.
¿Qué pasa si mi ciclomotor es monoplaza?
Que no puedes llevar pasajero. La autorización para dos plazas tiene que figurar en la documentación del vehículo.
Asegura tu ciclomotor
Tanto si vas solo como si llevas a alguien detrás, tu ciclomotor tiene que estar asegurado. En Motopoliza puedes calcular el precio de tu seguro de ciclomotor en unos minutos o ver las opciones de seguro de moto.
Fuentes
- Real Decreto 1055/2015, por el que se modifica el Reglamento General de Conductores (BOE). Consultado en septiembre de 2026.
- Real Decreto 1428/2003, Reglamento General de Circulación (BOE, texto consolidado), artículo 12. Consultado en septiembre de 2026.
- Real Decreto 818/2009, Reglamento General de Conductores (BOE, texto consolidado). Consultado en septiembre de 2026.
- DGT: Clases de permisos de conducir. Consultado en septiembre de 2026.
- DGT: Interior actualiza el Reglamento General de Circulación (usuarios vulnerables). Consultado en septiembre de 2026.
- Real Decreto Legislativo 8/2004, Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (BOE). Consultado en septiembre de 2026.