La DGT clasifica las motos en cuatro etiquetas medioambientales (CERO, ECO, C y B) según sus emisiones; las que no encajan en ninguna se quedan sin etiqueta. La pegatina de la DGT para motos no es obligatoria, pero sí muy útil: de ella depende poder entrar en las zonas de bajas emisiones de muchas ciudades.
El plan de la Dirección General de Tráfico (DGT) para catalogar todos los vehículos de motor según su eficiencia energética abarca tanto a coches como motos. La etiqueta no es un requisito de tu seguro de moto, pero sí decide dónde y cuándo puedes circular: la Ley 7/2021, de cambio climático (art. 14.3) obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes y a los territorios insulares a establecer zonas de bajas emisiones (ZBE), con plazo antes de 2023, y las ordenanzas usan esta clasificación para decidir qué vehículos entran. Lo que sí necesitas para circular, tengas la etiqueta que tengas, es la moto asegurada: las modalidades las tienes explicadas en nuestra página de seguros de moto.
¿Para qué sirven las etiquetas medioambientales para motos y ciclomotores?
El objetivo de la pegatina de la DGT para motos es discriminar positivamente a los vehículos más respetuosos con el medioambiente y apoyar las políticas municipales para combatir la contaminación. En otras palabras, sirven para identificar a los coches y motos menos contaminantes para que los ayuntamientos puedan limitar el acceso de los más contaminantes a sus zonas de bajas emisiones o en episodios de alta contaminación. El Real Decreto 1052/2022, que regula las ZBE, vincula esas restricciones a la clasificación ambiental de cada vehículo (art. 5.2).
¿Cuántas etiquetas identificativas de motos hay?
Hay cuatro distintivos ambientales de la DGT: CERO, ECO, C y B. Los vehículos que no encajan en ninguno se quedan sin etiqueta, así que en la práctica hay cinco grupos a efectos de contaminación.
La clasificación de las etiquetas medioambientales para motos es la siguiente:
- Etiqueta CERO (azul). Eléctricos de batería, eléctricos de autonomía extendida, híbridos enchufables con al menos 40 kilómetros de autonomía y vehículos de pila de combustible.
- Etiqueta ECO. Híbridos enchufables con menos de 40 kilómetros de autonomía, híbridos no enchufables y vehículos de gas, que además cumplan los requisitos de la etiqueta C.
- Etiqueta C (verde). Vehículos de categoría L (motos, ciclomotores…) clasificados en el Registro de Vehículos como Euro 3 o Euro 4, según la DGT.
- Etiqueta B (amarilla). Vehículos de categoría L (motos, ciclomotores…) clasificados como Euro 2, según la DGT.
Las motos que no cumplen ninguno de estos requisitos (Euro 1 y anteriores) no tienen derecho a distintivo ambiental. Puedes consultar la clasificación completa en la página del distintivo ambiental de la DGT.
¿A qué vehículos se aplica?
A todos los vehículos ligeros de categoría L: ciclomotores, motocicletas (también con sidecar), triciclos y cuadriciclos. La DGT les asigna la etiqueta según el nivel de emisiones que consta en el Registro de Vehículos, como explica en los requisitos de la etiqueta C y la etiqueta B. Por eso la norma Euro que figura en la documentación de tu moto es el dato que decide qué pegatina le corresponde.
Qué pasa si no tengo derecho a etiqueta
¿Y el resto de motos? ¿Qué pasa con las motos que no cumplen los requisitos de ninguna de las categorías medioambientales? Las motos que no estén dentro de esta categoría no tienen derecho a su pegatina de la DGT, lo que limita sus opciones para circular por la ciudad.
Qué puedes hacer exactamente depende de la ordenanza de cada ciudad: en una zona de bajas emisiones, las motos sin distintivo pueden tener limitado el acceso de forma permanente, en ciertos horarios o solo en episodios de alta contaminación. Antes de entrar con tu moto en el centro de una ciudad, consulta su ordenanza de ZBE; los ayuntamientos comunican además a la DGT el contorno, los horarios y los vehículos permitidos de cada zona (art. 10.2 del Real Decreto 1052/2022).
Cómo puedo saber qué etiqueta me toca
La DGT ha creado un sistema de identificación a través de la matrícula. Bastará con que introduzcas tu matrícula en el servicio de consulta que enlaza la página del distintivo ambiental de la DGT para saberlo.
¿Es obligatorio poner la etiqueta medioambiental en la moto?
No. Según la DGT, obtener el distintivo y colocarlo es voluntario. Eso sí, aunque tu moto tenga derecho a él, si no lo llevas visible no te beneficias de sus ventajas, y las condiciones de acceso a cada zona de bajas emisiones las fija la ordenanza municipal. Por eso es importante colocar la etiqueta en un lugar visible.
Dónde poner la pegatina de la DGT
En la moto, en cualquier sitio visible del vehículo, según indica la DGT. La clave de la pegatina es que se vea de forma rápida.
En los coches, en cambio, va en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero. Si dudas, hazlo como con la etiqueta de la ITV: aquí puedes ver dónde ponerla en la moto.
Cómo consigo mi pegatina de la DGT
¿Tienes derecho a una etiqueta? Puedes obtener la tuya en una oficina de Correos: la emisión de la etiqueta cuesta 5 euros, según la DGT, aunque el punto de venta puede sumar gastos de envío u otros conceptos.
También puedes conseguirla en gestorías administrativas y en las redes de talleres autorizadas.
¿Pero las motos no contaminaban menos?
Una moto es mucho menos contaminante que el coche y así lo demuestran los datos. En ciudad suele acortar los trayectos, y menos tiempo en marcha significa menos consumo. Aun así, la clasificación se hace por la norma de emisiones de cada vehículo, así que una moto antigua puede quedarse sin etiqueta.
Fuentes
- DGT. Distintivo ambiental y requisitos de las etiquetas C y B. Consultado en octubre de 2026.
- BOE. Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, art. 14.3. Consultado en octubre de 2026.
- BOE. Real Decreto 1052/2022, de 27 de diciembre, por el que se regulan las zonas de bajas emisiones, arts. 5.2 y 10.2. Consultado en octubre de 2026.