Sí: para que un ciclomotor pueda circular es obligatorio que esté asegurado, como mínimo con el seguro obligatorio de responsabilidad civil. La ley obliga a todo propietario de un vehículo a motor con estacionamiento habitual en España a tener y mantener en vigor un seguro por cada vehículo, y los ciclomotores entran en esa obligación. Circular sin seguro supone una multa de 601 a 3.005 euros y el depósito o precinto del vehículo.
Muchos motoristas empiezan con un ciclomotor porque es el primer vehículo a motor que pueden conducir. Que tenga poca cilindrada y velocidad limitada no le libra del seguro. En esta guía te explicamos qué dice la ley, qué te puede pasar si no lo aseguras, qué cubre la póliza obligatoria y qué coberturas conviene añadir.
Qué es un ciclomotor
Según la DGT, un ciclomotor es un vehículo con motor de cilindrada no superior a 50 cm³ y una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h. Pueden ser de dos o tres ruedas, y también existen los cuadriciclos ligeros. Los ciclomotores no pueden circular por autopistas ni autovías y, en carretera, deben ir por el arcén de la derecha si es transitable y suficiente.
Son los típicos scooters y motos de 49-50 cc con los que muchos jóvenes se inician en las dos ruedas antes de poder sacarse otros carnets.
¿Es obligatorio asegurar un ciclomotor para circular?
Sí. Aunque parezca un «vehículo menor», el ciclomotor está obligado a tener seguro, igual que el resto de tipos de moto. La Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (Real Decreto Legislativo 8/2004) lo dice así en su artículo 2.1:
«Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estará obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo…»
Y la misma ley considera vehículo a motor, a estos efectos, a todo vehículo accionado exclusivamente por una fuerza mecánica que circula por el suelo, no usa vía férrea y tiene una velocidad máxima de fabricación superior a 25 km/h. Un ciclomotor, que puede llegar a 45 km/h, cumple esa definición. Dicho de otra forma: necesitas un seguro para tu ciclomotor por ley.
¿Y si el ciclomotor está parado y no lo uso?
La obligación es del propietario, aunque el vehículo no circule. La propia ley exceptúa los vehículos que no se usan como medio de transporte y que se han dado de baja temporal o definitiva en el Registro de Vehículos. Si vas a tener el ciclomotor mucho tiempo sin usar, infórmate sobre la baja temporal de la moto antes de dar de baja el seguro.
Qué pasa si circulas con un ciclomotor sin seguro
El artículo 3 de la misma ley fija las consecuencias de no tener el seguro obligatorio:
- Multa de 601 a 3.005 euros, según las circunstancias.
- Prohibición de circular por territorio nacional con el vehículo no asegurado.
- Depósito o precinto del vehículo durante un mes; tres meses si hay reincidencia y un año si se quebranta el precinto.
Qué cubre el seguro obligatorio del ciclomotor
El seguro obligatorio cubre la responsabilidad civil: los daños que causes a otras personas y a sus bienes cuando circulas. La ley fija unos límites mínimos por siniestro de 70 millones de euros en daños a las personas (cualquiera que sea el número de víctimas) y 15 millones de euros en daños a los bienes.
Lo que no cubre es lo más importante para un conductor joven: el artículo 5 de la ley excluye de la cobertura obligatoria las lesiones o el fallecimiento del conductor del vehículo que causa el siniestro. Tampoco cubre los daños de tu propio ciclomotor.
| Cobertura | Seguro obligatorio | Seguro con coberturas ampliadas |
|---|---|---|
| Daños a terceros (personas y bienes) | Sí, hasta los límites legales | Sí |
| Lesiones del conductor culpable | No | Sí, si incluyes accidentes del conductor |
| Asistencia en viaje / grúa | No | Opcional |
| Robo, incendio o daños propios | No | Opcional, según la póliza |
Qué coberturas conviene añadir al seguro de ciclomotor
Una cosa es tener el seguro obligatorio y otra tener el seguro adecuado para una moto de 49 cc. En muchos casos va a ser la moto de tu hijo y querrás que esté bien protegido. Estas son las coberturas que más sentido tienen:
- Accidentes del conductor: te indemniza si te caes solo o te lesionas en un accidente en el que tienes la culpa, justo lo que el seguro obligatorio no cubre. Sin ella, esas consecuencias corren de tu cuenta.
- Asistencia en viaje: la grúa si te quedas tirado. Útil si el ciclomotor se usa a diario.
- Robo: los ciclomotores suelen dormir en la calle; valora si te compensa según dónde lo aparques.
- Indemnización por hospitalización: un complemento que te paga una cantidad por cada día ingresado tras un accidente. Puedes verlo en nuestro seguro de indemnización por hospitalización.
¿Por qué el seguro de un ciclomotor no siempre es barato?
Podría parecer que un vehículo de poca potencia tiene un seguro muy barato, pero no siempre es así. Las aseguradoras calculan el precio con su propia estadística y tienen en cuenta, entre otros factores, la edad y la experiencia del conductor. Como el ciclomotor es el primer vehículo de muchos conductores noveles, el precio puede ser más alto de lo que esperas. Si dudas entre un 49 cc y una moto mayor, revisa también las claves para asegurar una moto de 125 cc.
La forma de pagar menos sin quedarte corto es comparar: en Motopóliza puedes calcular el precio del seguro de tu ciclomotor y ver distintas compañías y coberturas en un mismo sitio.
Si eres novato, el ciclomotor sigue siendo un buen vehículo para empezar: es pequeño, manejable y de mantenimiento sencillo. Si no te convence, echa un vistazo a nuestra selección de motos ideales para novatos.
Qué carnet necesitas para conducir un ciclomotor
Además del seguro, necesitas el permiso adecuado. Hay tres opciones:
Carnet AM
Es el carnet de ciclomotor y el primero que puedes obtener: con 15 años cumplidos. Te permite conducir ciclomotores de dos o tres ruedas y cuadriciclos ligeros. Para sacarlo tienes que pasar el reconocimiento psicofísico, un examen teórico específico y una prueba de maniobras en circuito cerrado. Te lo contamos todo en nuestra guía del carnet AM.
Con el AM sí puedes llevar pasajero aunque seas menor de edad: el Real Decreto 1055/2015 suprimió la antigua prohibición hasta los 18 años. Eso sí, el ciclomotor debe estar autorizado para dos plazas y el pasajero debe ser mayor de 12 años (o mayor de 7 si conduce su padre, madre, tutor o un adulto autorizado por ellos).
Carnet A1
Se puede obtener con 16 años y permite conducir motos de hasta 125 cm³ y 11 kW. Obtener el A1 implica también la concesión del AM, así que te sirve para el ciclomotor. Aquí tienes todo sobre el carnet A1.
Carnet B
Según la DGT, el carnet de coche también te habilita para conducir un ciclomotor, desde el primer día. No confundas esto con las motos de 125 cc: para conducirlas con el B necesitas más de tres años de antigüedad, y solo dentro de España.
Otros requisitos para circular con tu ciclomotor
- ITV: según la DGT, la primera inspección toca a los tres años de antigüedad y después cada dos años.
- Casco homologado, obligatorio tanto en ciudad como en carretera.
- Guantes y calzado cerrado: desde el 1 de octubre de 2026 son obligatorios para conductores y pasajeros de ciclomotores y motos (guantes en vías interurbanas y calzado cerrado en todas las vías), con una multa de 200 € si no los llevas.
Consejos prácticos
- Contrata el seguro antes de sacar el ciclomotor a la calle, aunque sea para un trayecto corto.
- No te quedes solo con el seguro obligatorio si el conductor es joven: añade accidentes del conductor.
- Declara con exactitud quién va a conducir el ciclomotor; es lo que determina el precio y la cobertura.
- Si vas a dejar de usarlo durante meses, estudia la baja temporal antes de cancelar la póliza.
- Compara varias ofertas con las mismas coberturas antes de decidir.
- Revisa la fecha de la ITV: un ciclomotor con más de tres años también tiene que pasarla.
Preguntas frecuentes sobre el seguro de ciclomotor
Para que pueda circular un ciclomotor, ¿es obligatorio que esté asegurado?
Sí. Como cualquier vehículo a motor con estacionamiento habitual en España, necesita al menos el seguro obligatorio de responsabilidad civil. Sin él no puede circular.
¿Qué multa hay por circular con un ciclomotor sin seguro?
Entre 601 y 3.005 euros, además de la prohibición de circular y el depósito o precinto del ciclomotor durante un mes (tres si reincides).
¿Tengo que asegurar un ciclomotor que no uso?
Sí, mientras esté de alta. Solo se exceptúan los vehículos dados de baja temporal o definitiva en el Registro de Vehículos que no se usan como medio de transporte.
¿El seguro obligatorio cubre mis lesiones si me caigo?
No. Excluye las lesiones del conductor que causa el siniestro. Para eso necesitas la cobertura de accidentes del conductor.
¿Puedo conducir un ciclomotor con el carnet de coche?
Sí, según la DGT el permiso B te habilita para conducir ciclomotores, sin esperar ningún plazo.
¿Con el carnet AM puedo llevar pasajero siendo menor?
Sí, desde el Real Decreto 1055/2015, siempre que el ciclomotor esté autorizado para dos plazas y el pasajero sea mayor de 12 años (o mayor de 7 con su padre, madre, tutor o adulto autorizado).
Calcula el seguro de tu ciclomotor
Si ya tienes el ciclomotor (o estás a punto de comprarlo), asegúralo antes de estrenarlo. En Motopóliza puedes ver las opciones del seguro de moto y ciclomotor y calcular tu precio en un minuto.
Fuentes
- Real Decreto Legislativo 8/2004, Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (BOE, texto consolidado) — consultado en septiembre de 2026.
- Real Decreto 1055/2015, que modifica el Reglamento General de Conductores (BOE) — consultado en septiembre de 2026.
- Reglamento General de Conductores, RD 818/2009 (BOE, texto consolidado) — consultado en septiembre de 2026.
- DGT: Viaja seguro en ciclomotor — consultado en septiembre de 2026.
- DGT: Clases de permisos de conducir — consultado en septiembre de 2026.
- DGT: nota de prensa sobre el real decreto de usuarios vulnerables (guantes y calzado) — consultado en septiembre de 2026.