Con asistencia al acompañante, los trámites son más ágiles
Como ya sabrás, el acompañante (el que va de “paquete” en la moto), siempre está cubierto ante un accidente por el seguro de Responsabilidad Civil. Es considerado como un “tercero”, y siempre estará cubierto, al contrario que el conductor causante del siniestro. Lo establece el artículo 5 del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (Real Decreto Legislativo 8/2004): el seguro obligatorio no cubre las lesiones del conductor del vehículo causante. Para eso existe el seguro del conductor, que puedes añadir al comparar tu seguro de moto.
Ante un accidente del acompañante, para hacer efectiva dicha cobertura, el asegurado debe reclamar primero a la compañía la lesión de dicha persona.
En algunos casos, deberá adelantar de su propio bolsillo el dinero del hospital, reclamándolo posteriormente a la compañía de seguros.
Para evitar esos trámites, algunas compañías ofrecen la cobertura especial “Asistencia a Acompañantes”, a través de la cual el importe lo cubrirá el seguro automáticamente, sin tener que reclamar previamente los gastos. En caso de viajar frecuentemente “con paquete”, no está de más valorar esta cobertura, que puede resultar muy práctica.
Ten en cuenta que algunas compañías incluyen esta cobertura con franquicia. Es decir, que en caso de que el acompañante sufra daños en un siniestro, tú tendrás que pagar una cantidad inicial fija del importe del hospital.