¿Se puede escuchar música en la moto?

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Uno de los grandes placeres que se asocia al coche es una buena banda sonora, disfrutar de la carretera y de la música. Parece lógico, ya que todos los coches están equipados con su aparato de música y salvo que se ponga a todo volumen siempre se pueden oír los ruidos de fuera. ¿Ocurre lo mismo con la moto? Lo cierto es que las condiciones son diferentes y por lo tanto también las posibilidades de escuchar música.

DIspositivos para esciuchar musica en la moto¿Se puede escuchar múscia en la moto? La respuesta es un claro sí. No hay nada en el Código de Circulación que te prohíba oír tus canciones favoritas a los mandos de tu moto. Lo que sí existen son dispositivos homologados y legales y otros que no lo son.  Esto es lo que la legislación vigente, y más concretamente el Art. 18.2 del Reglamento General de Circulación, dice al respecto.

Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas cuando así lo exija el Reglamento General de Conductores.

Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares (artículo 11.3, párrafo segundo, del texto articulado).

Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas (artículo 11.3, párrafo tercero, del texto articulado).

Con este texto en mente, repasemos los dispositivos 

Sistemas de sonido externos

Son los más clásicos. Hasta hace relativamente poco estaban reservados para las Motos Gran Turismo, pero hoy en día hay sistemas disponibles desde apenas 29 euros más instalación.

El problema en muchos casos sigue siendo la instalacion y durabilidad, así como la calidad de sonido que se percibe. No debes olvidar que estarán sonando fuera del casco, como unos altavoces al uso.

Su ventaja es que se trata de un sistema 100% legal sobre el que no existen dudas

Cascos y auriculares

Es quizás la fórmula más obvia para escuchar música en la moto. Sin embargo, no hace falta pensar demasiado para darse cuenta de los peligros intrínsecos que entraña. Con unos cascos colocados en la oreja la capacidad para oír lo que ocurre a nuestro alrededor es prácticamente nula. La Ley es muy tajante al respecto y prohibe el uso de cascos y auriculares al conducir, tanto en coche como en moto.

Desde un punto de vista legal se entiende que los casos son un «aparato que consta de dos auticulares unidos por una tira de metal curvada o algo semejante, que se ajusta a la cabeza y se usa para una mejor recepción de los sonidos» y los auriculares  se consideran «en los aparatos telefónicos y, en general, en todos los empleados para percibir sonidos, parte de ellos o pieza aislada que se aplica a los oídos».

Cualquier aparato que se ajuste a esta definición, estará prohibido.

Altavoces en los cascos

La alternativa a los casos y auriculares son los altavoces, que legalmente se definen como un «aparato electro acústico que sirve para amplificar el sonido». En su modalidad más rústica, se pueden pegar con velcro al casco para así poder escuchar música. Esta es la opción por la que se están decantando muchos motoristas y que, de hecho, casa con el funcionamiento de los intercomunicadores que desde hace tiempo permiten la comunicación en entre motos y que también en muchos casos incorporan radio.  Muchos manos libres aplican esta mismo precepto para operar por Bluetooh y permitir las comunicaciones en la moto.

Esta forma de comunicación es la que más dudas suscita y sobre las que más preguntas hay acerca de su legalidad. Lo cierto es que no hay una respuesta 100%acertada y así lo admiten incluso sentencias que han fallado a favor del motorista y en contra de la administración tras mediar multa. Y es que los altavoces, bluetooth y similares podrían entrar dentro de los «instrumentos similares» a los que se refiere el segundo párrafo del artículo 18.2 del Código de Circulación. En este sentido, dependerá del policía sancionar o no al motorista por su uso.

En caso de hacerlo, hay sentencias que ya han fallado a favor del motorista aplicando el principio de in dolo per reo.

Cascos homologados

La última alternativa son los cascos homologados, que no dejan de ser unos altavoces dentro del casco con un sistema de conexión, generalmente por wifi o bluetooth al móvil. En este caso se supone que el fabricante asegura que el casco cumple con la legislación y que, por lo tanto, se puede circular con él sin arriesgarse a multa o sanción.

Intercomunicadores

Es la opción más clásica y también la más legal. Se trata de un sistema que sirve para conectar dos o varias motos, aunque el número está habitualmente limitado. Su funcionamiento en cualquier caso es similar al de los altavoces.

 

intercomunicadores para moto intercomunicador para moto

¿Qué multa nos puede poner?

La sanción por el uso de estos aparatos está tipificada como infracción leve y lleva aparejada una multa de 200 € siempre y cuando el agente de la ley no considere que se ha puesto en grave peligro al resto de conductores.

¿Quieres conocer cuánto pagarás por cada multa? Aquí te lo contamos.

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