¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros?

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Hace años, los conductores de motos estaban más que familiarizados con el Consorcio de Compensación de Seguros. En aquellos tiempos, las motos no tenían muy buena fama entre las compañías de seguros, y no era sencillo asegurar tu máquina.

imagen destacada consorcioHace años, los conductores de motos estaban más que familiarizados con el Consorcio de Compensación de Seguros. En aquellos tiempos, las motos no tenían muy buena fama entre las compañías de seguros, y no era sencillo asegurar tu máquina.

El Consorcio depende del Ministerio de Economía y Hacienda, y es una entidad empresarial, pero de naturaleza pública. Para entendernos, sería algo similar a una compañía de seguros pública, con hincapié en lo de “algo similar”, ya que tiene diversas competencias.

La que aquí nos interesa es la de ofrecer cobertura a riesgos que el mercado de los seguros no ofrece. En el caso de las motos, todos sabemos que es obligatorio que todo el que tenga moto la tenga asegurada. ¿Pero qué pasa si ninguna compañía quiere asegurar a determinada persona?  En ese caso, el Consorcio actúa para asegurar directamente la Responsabilidad Civil de la moto.

Requisitos:

Para que el consorcio te asegure, tienes que acreditar que te han denegado el seguro por escrito al menos dos compañías.

Sus coberturas incluyen

– La reparación de los DAÑOS PRODUCIDOS A TERCEROS por hechos de la circulación HASTA LAS SIGUIENTES CANTIDADES establecidas en la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

– Daños a las personas hasta 70 millones de euros, cualquiera que sea el número de víctimas.

– Daños en los bienes hasta 15 millones de euros por siniestro.

– Asistencia médica, farmacéutica y hospitalaria en la cuantía necesaria hasta la sanación o consolidación de secuelas, siempre que el gasto esté debidamente justificado.

– Gastos de entierro y funeral según los usos y costumbres del lugar donde se preste el servicio, en la cuantía que se justifique.

– Los gastos señalados en los dos párrafos anteriores se considerarán incluidos dentro del límite previsto para daños en las personas y serán compatibles entre sí.

Sus coberturas no incluyen

– Daños causados a terceros por encima de los referidos límites cuantitativos.

– Los daños y perjuicios ocasionados por las lesiones o fallecimiento del conductor del vehículo causante del accidente.

– Los daños materiales sufridos por el propio vehículo asegurado ni por las cosas en él transportadas.

– Las coberturas distintas a la de responsabilidad civil tales como reclamación de daños, defensa jurídica, asistencia en viaje, etc.

En definitiva es un seguro para aquellos que de verdad no tienes otra opción, y que te ofrece unas coberturas muy básicas a un precio elevado,  que normalmente supera los 300 €.

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