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En todo contrato intervienen, al menos, dos personas. En el caso de los seguros para moto, conviene tener bien claro quién es quién y cuáles son los sujetos que participan en esa relación contractual.

La compañía aseguradora: Es la que ofrece el seguro de moto, la póliza. Será la que cobre la prima que se ha acordado, y por ello se responsabiliza de pagar las indemnizaciones si se produce un siniestro.

El tomador del seguro: Es el titular de la póliza, el que paga. Es la persona que figura como responsable ante la ley del cumplimiento de los deberes y obligaciones relacionados con el contrato del seguro de moto.

El asegurado: Generalmente el tomador y el asegurado son una misma persona, aunque hay situaciones especiales en las que no. En esos casos, el asegurado es la persona que ostenta el derecho esencial del cobro de la indemnización en caso de siniestro de moto.

El beneficiario: La persona escogida específicamente para recibir el pago de las indemnizaciones.

El propietario: Es el dueño de la moto que se asegura en la póliza. Es el responsable del vehículo en cuestiones como el pago de impuesto de circulación, o si se produce un siniestro y el conductor de la moto no da la cara.

El conductor: La persona que lleva la moto que figura en la póliza. Posee la responsabilidad civil de todos los riesgos que se puedan producir cuando lleva la moto asegurada, y de los daños que se produzcan a terceros mientras la moto circula.

Como hemos dicho antes, en muchas ocasiones gran parte de estas personas son una misma, que es simultáneamente tomador, asegurado, beneficiario, propietario y conductor, pero no siempre es el caso y es esencial tenerlo todo bien definido cuando se contrata el seguro de moto.

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Definición «de libro de texto»

Tomador del seguro
Es la persona que pacta y suscribe el contrato de seguro.

Asegurado
Es la persona que se halla expuesta al riesgo en su persona o bienes.

Beneficiario
Es la persona designada para percibir la prestación del seguro contratado.

Asegurador
Es la persona jurídica que suscribe el contrato con el tomador y se obliga a cubrir el riesgo.

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