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Seguros Xenasegur con Motopoliza.com

Cómo tramitar un siniestro con Xenasegur

Tras un siniestro, la compañía efectuará una valoración de las consecuencias, y la tasación se iniciará en los 7 días siguientes a la declaración del citado siniestro.

En caso de no haber un acuerdo entre la compañía y el asegurado, en un plazo de 40 días desde la declaración de siniestro, cada parte nombrará un perito (la aceptación de ambos tiene que quedar reflejada por escrito).

Si una de ambas partes no designa un perito, está obligada a hacerlo en un plazo de 8 días desde que la parte contraria ha designado al suyo. Si no lo hace, se aceptará la decisión del perito de la parte contraria.

Si no hay acuerdo entre ambos peritos, ambas partes elegirán a un tercero. Si no hay acuerdo sobre la designación de dicho perito, lo designará un Juez de Primera Instancia. En este caso, el dictamen pericial se emitirá en el plazo señalado por las partes, o en su defecto, en 30 días a partir del nombramiento de este tercer perito.

El dictamen de los peritos se notificará inmediatamente a las partes y será vinculante, salvo una impugnación judicial de una de las dos partes, que se deberá llevar a cabo en un plazo de 30 días (para la compañía) o 180 días (para el asegurado). Cada parte pagará los honorarios de su perito.

En el caso del tercer perito, esos gastos se pagarán a medias. En el caso de que una de las partes haya causado la peritación por valorar los daños de una manera manifiestamente desproporcionada, pagará todos los gastos de ese perito.

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