Si tienes un accidente en moto en el que eres culpable, ¿Cubre la Seguridad Social los gastos médicos? ¿Lo hace el seguro? ¿Quien debe pagar? ¡Descúbrelo!
Qué gastos médicos cubre la seguridad en caso de accidente
En caso de accidente y hospitalizción lo último en lo que alguien quiere pensar es en los gastos. Lo más importante es llegar al hospital cuanto antes y curarse de forma apropiada. Ya habrá tiempo de pensar en facturas. «Además, para los gastos sanitarios ya está la Seguridad Social», añadiría buena parte de la población. ERROR.

La Ley es muy clara y estricta con los accidentes de circulación y qué gastos debe asumir cada quien. En este sentido, la norma estipula que los gastos de curación para el causante no estarán cubiertos por la Seguridad Social. Es decir, el Estado se exime de hacer frente a los gastos sanitarios ¿Quien debe cubrirlos entonces? El causante del accidente o su compañía de seguros en caso de contar con las coberturas necesarias.

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La responsabilidad en caso de accidente está regulada por la LReal Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, que en su artículo 1 dice lo siguiente

“El conductor de vehículos a motor es responsable, en virtud del riesgo creado por la conducción de estos, de los daños causados a las personas o en los bienes con motivo de la circulación.
En el caso de daños a las personas, de esta responsabilidad sólo quedará exonerado cuando pruebe que los daños fueron debidos únicamente a la conducta o la negligencia del perjudicado o a fuerza mayor extraña a la conducción o al funcionamiento del vehículo; no se considerarán casos de fuerza mayor los defectos del vehículo ni la rotura o fallo de alguna de sus piezas o mecanismos”.

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Ahora que ya conoces lo que dice la ley te ayudamos a interpretarla.

¿Quien está cubierto y quien no por la Seguridad Social?

El seguro obligatorio de moto cubre la responsabilidad civil o, dicho de otra forma, los daños que el asegurado pueda causar a terceras personas. Dentro de los mismos se incluirían, lógicamente, los gastos sanitarios, bien en un hospital público o privado.

seguridad_social_motos¿Qué ocurre con el causante y asegurado? En su caso el seguro básico de moto o seguro a terceros no le cubre. La traducción es que si tiene un accidente tendrá que hacer frente a los gastos médicos derivados del mismo. Obviamente esto no quiere decir que en el hospital público de la Seguridad Social no le vayan a dejar entrar como si se tratase de una película estadounidense. El centro médico le atenderá normalmente, pero después emitirá una factura por los gastos médicos que alguien deberá atender. Al no cubrirlo el seguro, será el propio conductor quien deba pagar.

Ahora imagina que tienes un accidente con tu moto sin que nadie más intervenga, por un descuido o por trazar mal una curva, y que como consecuencia del mismo te rompes una pierna o tienes que ser intervenido. Los gastos de la operación y cualquier otro derivado de tu atención médica los pagarás tú si no cuentas con la cobertura del seguro de moto adecuada. Esta tiene un nombre y es la cobertura de Accidentes del Conductor, que además cubre el capital por fallecimiento o invalidez.

 

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