Menor de paquete en la moto ¿Tienes un pequeñajo o una pequeñaja y no puedes esperar a llevarle de paquete en la moto? ¿Tienes dudas de si puedes llevarlo o no?

No te preocupes, no es necesario que hagas cábalas y basta con echarle un ojo a lo que dice la ley al respecto:

Artículo 12 del Real Decreto 1428/2003, de 21 noviembre de 2011 “Normas relativas a ciclos, ciclomotores y motocicletas”

 

a) Que vaya a horcajadas y con los pies apoyados en los reposapiés laterales.
b) Que utilice el asiento correspondiente detrás del conductor.

En ningún caso podrá situarse el pasajero en lugar intermedio entre la persona que conduce y el manillar de dirección del ciclomotor o motocicleta.

 

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