Limitaciones de las motos en el carnet A2

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Ninguna moto que tenga una potencia superior a 70kW o 96cv puede ser limitada. Esta es una máxima que debes tener siempre en tu cabeza, como la necesidad de contar con un seguro de moto adaptado a la nueva máquina y que aquí puedes calcular.

Ninguna moto que tenga una potencia superior a 70kW o 96cv puede ser limitada. Esta es una máxima que debes tener siempre en tu cabeza, como la necesidad de contar con un seguro de moto adaptado a la nueva máquina y que aquí puedes calcular.

Desde la entrada en vigor del nuevo carnet de motos, el carnet A2 se ha convertido en un escalón intermedio antes de poder pilotar cualquier máquina con el carnet A de moto, que deberás esperar por lo menos dos años más para conseguirlo. Y es debes acreditar 24 meses de experiencia con tu anterior credencial, ya que ahora mismo es un proceso escalonado.

La normativa incluye la posibilidad de limitar la potencia de las motos para adaptarlas al carnet A2 y así no tener que cambiar de moto cuando te saques el A.

Qué motos puedes pilotar con el carnet A2

En concreto, con el carnet A2 se pueden conducir motos de hasta 47,2 CV de potencia (35 kW), con una relación peso/potencia de 0,2 kW/kg o que de origen no excedan de 95 CV. De hecho, muchas marcas optan por sacar al mercado segundas versiones de hasta 70 kw para cumplir con este precepto y poder ofrecer máquinas a todos los piltos.

Esto no quiere decir que no puedas pilotar cualquier tipo de moto, ya que es posible limitar muchas de ellas para que cumplan con la legalidad y que la potencia no sea un problema. Precisamente para evitarlos, si ya tienes el presupuesto para tu nueva moto, no te olvides del seguro. Vas a tener que pagarlo todos los años y puede marcar la diferencia. En sólo 30 segundos puedes calcular el coste del seguro para saber si ajusta a tu presupuesto. Así tendrás más claro cuánto costará mantenerla cada año.

Ejemplos de motos limitables con el carnet A2

 

NO LIMITABLE

kawasaki750

Kawasaki z750

Potencia: 77.7 kW

Peso: 226 kg

 

LIMITABLE

kawasakiER-6n

Kawasaki ER-6n

Potencia 53 kW {72.1 CV}

Peso: 204 kg

 

  • Distintas marcas han lanzado al mercado modelos diseñados específicamente para cumplir con la legislación, con motos como la Honda CBR500R, la Kawasaki z800e o la Suzuki Inazuma.
  • Tras limitar tu moto, su potencia máxima no podrá superar los 35 kW (unos 48 CV).
  • En ocasiones la potencia puede ser menos, dependiendo del peso de la moto, ya que se debe cumplir la siguiente fórmula: Potencia(KW) / Peso (Kg) <=0.2

 

Ejemplo:

Ninja 300

Ninja 300

Peso: 172 kg

Potencia: 29.0 kW {39 CV}

Relación Potencia Peso = 29kw/172Kg = 0.17 Como 0.17 es menor que 0.2

 

  • Esta moto se puede conducir con el carnet A2 sin necesidad de limitarla.

Ahora que ya sabes qué máquinas puedes y no puedes conducir con el carnet A2 de motos, te descubrimos cómo serán las pruebas para obtener este carnet.

Y por supuesto, antes incluso de comprar tu nueva moto, no te olvides de calcular el precio del seguro de moto, porque pueden existir grandes diferencias en función del modelo. Olvidarse del seguro es uno de los cinco errores más habituales al comprar moto junto con no comprobar si puedes pilotarla. Y es que es un gasto que vas a tener que pagar año tras año.

¿Qué pasa con las motos limitadas según la anterior normativa?

¿Y si no quieres una moto nueva? ¿Qué ocurre con una moto limitada según la normativa anterior? Esta fue al pregunta de un usuario en cuyas manos había caído una moto de más de 95 cv limitada, eso sí a los citados 0,2 kw/kg y 35kw. ¿Es posible pilotar una moto de esas características con el carnet A2? La respuesta de la Dirección General de Tráfico al respecto es clara. Cuando se produce un cambio legislativo y el vehículo deja de estar adaptado a la nueva normativa tienes dos opciones: cambiar de moto o sacar el carnet que te permita pilotarla.

En el caso planteado, el usuario no puede pilotar la moto con el carnet A2 y necesitará sacarse el carnet A para poder conducir esa moto.

Pilotar una moto no limitada con el carnet A2 es motivo de sanción. En otras palabras, si la policía te para te multará y posiblemente no te dejará coger la moto de nuevo. El resultado es que tendrás que pedir una grúa para que se lleven la moto (recuerda que no puedes transportar la moto de cualquier formar) y puede que el seguro no la cubra. El motivo es que los seguros de moto incluyen ciertas exclusiones en la prestación de sus servicios si tú no cumples con la normativa.

Así, por ejemplo, si tienes un accidente bajo los efectos del alcohol el seguro no te cubrirá. Sí que indemnizará a la otra parte si has causado daños a otro coche, por ejemplo, pero después te reclamará ese dinero. Lo mismo puede ocurrir si conduces una moto que no puedes porque no tienes el carnet necesario para hacerlo. En este sentido, si tienes un accidente, la multa que te pueden poner será el menor de tus problemas.

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