¿En qué consiste el Derecho de Repetición?
El funcionamiento normal de un seguro cuando se produce un siniestro suele ir en este orden (en versión simplificada): el asegurado provoca un accidente y causa daños a terceros. El asegurado recurre a su compañía de seguros, quien indemniza a estos terceros pagándoles los daños. Fin.
Pero, ¿y si la compañía, tras pagar las indemnizaciones, reclama esa cantidad al asegurado? ¿Puede eso suceder? De hecho, sí, y hasta tiene nombre: Derecho de Repetición.
El Derecho de Repetición lo ejercen las compañías cuando se ha incurrido en una de estas dos poco recomendables conductas:
- Cuando el conductor de la moto asegurada ha provocado un accidente bajo la influencia del alcohol, las drogas o por conducta temeraria.
- Si el conductor de la moto asegurada que ha provocado el accidente no tiene permiso de conducir.
La compañía de seguros también puede reclamar la indemnización contra un tercero responsable de los daños después de indemnizar a su asegurado.
El plazo para ejercer el derecho de repetición es de un año a partir de que la compañía efectúe la indemnización.
[section class=»calcula» background_repeat=»repeat» background_position=»center top» background_attachment=»static» background_scroll=»none»]
Calcula tu seguro de moto en «cero coma» Calcular ahora
[/section]
[section class=»entradasrelacionadas» background_repeat=»repeat» background_position=»center top» background_attachment=»static» background_scroll=»none»]
[divider style=»none»]
[/divider]
Entradas relacionadas
[related_pages max=»3″ template=»one_fourth» effect=»none» hide=»summary,button-1,author»]
[/related_pages]
[/section]