Dar de baja el seguro cuando te quedas sin moto

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Está claro, si no hay moto, no hay seguro de moto. Se pueden dar distintos casos por los que tu póliza se cancela o suspende temporalmente cuando te quedas sin moto.

Dar de baja el seguro cuando te quedas sin moto

Está claro, si no hay moto, no hay seguro de moto. Se pueden dar distintos casos por los que tu póliza se cancela o suspende temporalmente cuando te quedas sin moto.

Hay que tener muy en cuenta que no todas las compañías aseguradoras funcionan igual, con lo cual debes informarte muy bien de sus condiciones específicas:

  • Siniestro total: Lo habitual cuando tu moto se destroza en un accidente y es peritada como siniestro total, es que la compañía aseguradora te indemnice, y anule y liquide el seguro de moto. Es decir el dinero que te ha costado el seguro se da por consumido, si vas a reparar la moto y quieres volver a asegurarla, lo más habitual es que tengas que irte a otra compañía. Si este es tu caso consulta nuestras ofertas de seguros online.
  • Baja Definitiva: Si tu moto sufre una avería grave e irreparable, tanto que la das de baja, lo más frecuente es que la compañía cancele el seguro (hay que presentar la baja en tráfico). Aunque las compañías aseguradoras no tienen obligación legal para ello, puede darse el caso de que procedan al «extorno», que es la devolución de la parte proporcional de la prima no consumida, aunque lo más habitual es que, en lugar de devolverte el dinero, te lo guarden durante un tiempo para una nueva contratación.

Como decimos, hay compañías que pueden proceder al extorno, pero no están obligadas por ley. Según una sentencia del Tribunal Supremo del 23 de julio de 1996: «El carácter   indivisible de la prima significa que, una vez pagada, el asegurador la hace suya íntegramente aunque por cualquier causa cese la cobertura del seguro y el contrato no pueda continuar produciendo sus efectos, sin necesidad por ello de devolver parte proporcional alguna, obligación ésta que tampoco impone la Ley del Contrato del Seguro». Al dar de baja el seguro, la compañía decidirá qué hacer.

  • Venta de la moto: Si vas a vender la moto asegurada, debes demostrar la venta mediante documento oficial (Según compañía: copia permiso de circulación a nombre del nuevo dueño, Justificante de gestoría, modelo 620 hacienda -NO son validos los contratos entre particulares que no hayan sido realizados ante notario-). Algunas compañías guardan la prima no consumida durante un tiempo (por lo general, un año) reservándola por si vas a contratar un nuevo seguro con ellos, pero por lo general no te devolverán el dinero.

Si quieres saber más sobre dar de baja el seguro cuando te quedas sin moto, aquí tienes los datos de contacto de las principales compañías:

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Allianz
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FIATC
Generalli
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Pelayo
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91 198 23 30

902 07 01 54

AMV -Escrito vía fax, correo, mail o dejando un mensaje en la web.
-En caso de baja del vehículo, comunicación por escrito y copia de la Baja Definitiva de Tráfico.
-En caso de robo: un escrito comunicándolo, denuncia y baja temporal de Tráfico.
-Si has vendido el vehículo, comunicarlo por escrito junto con documento oficial. Documentos válidos:
– Copia del contrato de compra-venta firmado y sellado por el concesionario.
– Copia del permiso de circulación a nombre del nuevo propietario.
– Copia del justificante de la gestoría.
– Impreso de transmisión de vehículo de Hacienda.
Fax: 902.011.123
Tel: 902.125.750
Línea Directa -Puedes anular la renovación mediante notificación escrita 2 meses antes del vencimiento.
-En caso de que, sin existir responsabilidad de contrario en el siniestro, el asegurado repare el vehículo declarado siniestro total, la Póliza se mantendrá en vigor únicamente con la garantía de responsabilidad civil obligatoria.
-La cancelación no dará derecho al reintegro de la parte de prima no consumida de la anualidad en curso.
Fax: 902 123 998
Tel: 902 321 231
Mapfre Desde la web de Mapfre: https://www.mapfre.es/oim/ValidarIdentificacionAction.do?, iniciar sesión y pulsar en «Solicitud de no renovación de la póliza». Te aparecerá un formulario pidiendo los motivos y tras rellenarlo recibiremos un email como acuse de recibo.
Si no tenemos usuario de la web, se puede solicitar por teléfono.
Tel: 902 44 88 44
Direct Seguros -Enviar un documento escrito por fax, con la firma del tomador de la póliza donde se indique la fecha en la que se desea realizar la baja y el motivo de la misma.
-Sólo es posible cancelar antes de la fecha del vencimiento, por un motivo de venta o baja definitiva del vehículo asegurado, previa justificación de dicho hecho.
Fax: 902 87 92 89
Tel: 902400800

 

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